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VISA U PARA VICTIMAS 

Elegibilidad para solicitar una visa U


El Congreso creó la visa de No Inmigrante U mediante la aprobación de la Ley de Protección a Víctimas de la Trata de Personas y Violencia (incluyendo la Ley de Protección de Mujeres Inmigrantes Abusadas) en octubre de 2000, para ser elegible se tiene que cumplir con lo siguiente:


  • 1.Es víctima de un acto criminal cualificado
  • 2.Ha sufrido abuso físico o mental por ser víctima de un acto criminal.
  • 3.Tiene información acerca de la actividad criminal. (Incluso si es menor de 16 años)
  • 4.Fue de ayuda, está ayudando a las entidades policiales en la investigación del crimen. (Incluso si es menor de 16 años)
  • 5.El crimen ocurrió en los Estados Unidos o violó las leyes de los EE.UU.
  • 6.Es elegible para que se le admita en los Estados Unidos. Si no es elegible para que se le admita, puede solicitar dispensa con un Formulario I-192, Solicitud de Permiso Adelantado para Entrada como No Inmigrante.

Ventajas de esta Visa

  •  Le concede automáticamente un permiso de trabajo
  •  Puede solicitar una visa Derivada para su familia en ciertos casos
  •  Sus familiares derivados de la Visa U pueden obtener un permiso de trabajo (El permiso no es automático, su familiar tiene que presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo.
  •  Con el transcurso del tiempo puede solicitar la residencia (Green Card)
  •  Los derivados de la visa U pueden solicitar la Green Card
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